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La sangre derramada en 58 siglos (página 2)




Enviado por Pedro Sandsrea



Partes: 1, 2

Esto ha desequilibrado a los pueblos y las razas, hasta
que se estableció el reinado del espíritu de
concordia en el tribunal de la Haya. Sí, aquel tribunal,
es el primer artículo dado por los espíritus de
paz, para restablecer la armonía y el reinado del
espíritu y la razón.

Hermanos míos: es hora de hacer algo grande y
hermoso y sólo puede ser esto, el afianzamiento de la
razón, por el arbitraje hoy;
mañana por la convicción propia y saldrá el
bello ideal de la paz universal, sin armas
mortíferas que arruina el erario público y
privado.

Hagamos un algo hermoso, ora como hombres, ora como
espíritus, u ora como mujeres. Y, entended, que hago este
llamado a la mujer, porque
es, la parte principal y primera en el equilibrio
universal, pues ella, puede dar al niño en el
néctar de sus pechos el principio de amor y de paz.
Es hora que la mujer no sea como
el cubo que sigue a la cuerda, porque es un desequilibrio de la
sociología; la mujer es la cuerda y no el
cubo, por derecho propio; si fría y serenamente
estudiáis su fisiología.

El hombre y la
mujer, son el cubo y la cuerda; no es el uno más que el
otro y los dos son necesarios; los dos se complementan, por que
son partes integrantes de la familia y
de la sociedad.

Estudiemos otra parte del desequilibrio.
¿Qué hacen esos hombres que custodian las puertas
del cuartel con arma mortífera al brazo? Si tuvieran en
cuenta la ley de amor, no
estaría sembrando el terror con el cañón de
esas armas, y las terribles bombas de la
artillería; así mantenéis una paz que
abochorna; pero todavía en la actualidad, esa fuerza se
precisa; pero esa fuerza, formada por las juventudes del "Bajo
pueblo", de la "Clase
ínfima" que inicuamente llamáis, son brazos
robustos que robáis a la industria, a
la agricultura
hay necesidad de gravar cada día más con mayores
sacrificios el producto del
trabajo para
mantener esa fuerzas y el trabajador no puede cubrir sus
necesidades por la escasez de la
producción y el aumento de población que se acentúan con el
robo de los brazos jóvenes y el gravamen a los pocos que
trabajan.

¿Pero a quién sirve esa fuerza? No sirve
al pueblo, no. El pueblo tiene bastantes cadenas con la necesidad
del trabajo. Entonces, esa fuerza sirve a esos hombres sin
conciencia,
amigos de la supremacía; a los que fanatizan al hombre sin
conciencia, y lo mantienen en la ignorancia; sirven la
conveniencia de unos pocos, con perjuicio de los más y
esto está prohibido por el Padre.

Pero hay una cosa que el hombre se abroga y lo lleva al
olvido de que sus actos son punibles; la supremacía. Este
grave error nacido en el fanatismo de Patria y el desconocimiento
de la misión de
cada Estado, les
lleva a faltar al pequeño y a arredrarlo con la
superioridad, haciendo suyo por esta superioridad lo de su pueblo
vecino y por la fuerza mata y usurpa. Más, otro Tribunal
nacerá con bases de Fraternidad" (nació en
1921).

Obviando lo protocolar, al referéndum y pasando
del adagio "para muestra basta un
botón". Los pueblos mandan su adhesión y
representación, para proseguir hasta el fin; hasta la
realización del sueño dorado de la unión
fraternal, conforme al "Referéndum" que hacen
suyo.

Hemos aceptado el mandato: y este hijo que hemos gestado
y ya hecho hombre y como bueno aceptado de erigir a todos los
pueblos de la raza como juez fraterno con toda la alta
autoridad de
"Constitución internacional del derecho" en
la más equitativa justicia. Helo
aquí.

Texto del
"Referéndum" básico para la "Unión
Hispano-Américo-Oceánica".

En Buenos Aires,
Argentina el día 12 de Octubre de 1921: Día
memorable y epopéyico para siempre en el que España, la
más proficua Madre de Naciones, sembró en la virgen
América
su idioma y su raza y su ideal inmortal, para agradecerse en
justa ley de libertad.

A la luz del sol cuyos
rayos ilumina siempre los sembradores de España: Ante
todas las naciones y razas de la tierra que
presencian este acto, el más sublime de fraternidad, paz y
amor universal.

Acto supremo engendrado en el más puro y grande
principio de puras doctrinas de paz y amor fraternal para toda la
familia
humana; y,

Entendiendo por hechos indiscutibles que la Raza Hispana
extendida en más de medio globo terrestre y que el Idioma
Español,
por su fuerza natural, convenció a todos los otros pueblos
a reconocerlo y aceptado por idioma universal,
estudiándose hoy en todo el mundo; y

Considerando: que por todo lo dicho y cuanto más
puede decirse, que la unidad y la paz de la tierra han de
empezar por una raza capaz de fundir en sí misma toda las
razas haciendo una sola raza, llegando por esto toda la tierra a
ser una sola familia; lo que necesariamente destruye para siempre
la causa de la guerra.

Considerando: que es un hecho innegable que por el
idioma, idiosincrasia y etnicismo, en las naciones de habla y
raza española, todos los hombres de todas la razas que
llegan se identifican y se funden en nuestras virtudes y
defectos: prueba eficiente de la fuerza del idioma y vitalidad de
la raza.

Los que firman al pie del Referéndum popular y
epopéyico, en nombre y representación del pueblo de
su Patria Nación,
moral,
material, espiritual y aun políticamente, bajo el derecho
inalienable de la soberanía que radica en cada ciudadano
dentro de la sociedad en cada Nación:
y que, cuando como en esta acto se reúnen esos ciudadanos
públicamente, se constituyen en asamblea universal y
representan legalmente a sus naciones o territorios naturales
bajo cuyos Pabellones nos congregamos, cobijados todos por una
nueva bandera universal, emblema de la unidad fraternal humana
que la enarbola la escuela promotora
de este acto decisivo de fraternidad y unidad de intereses
morales, materiales y
espirituales: Ante el Mundo todo y ante el creador de todo:
Queremos y Acordamos:

Artículo 1ª- Desde hoy, nos consideramos un
solo pueblo, moral, material, espiritual y aun
políticamente, como una sola gran familia y sin perjuicio
para nadie, todos lo pueblos y territorios de habla
española: importando este acuerdo, la anulación de
la guerra entre nosotros y decretamos: que los pueblos de esta
Unión no llevan la ofensiva a ningún estado, pero
juramos:

(A – Que cualquiera ofensa, de cualquier especie
que cualquiera infiera a uno de nuestros pueblos, es hecha a
todos juntos.

(B- Que ninguno de los pueblos aquí firmados bajo
el acuerdo pueden declararse la guerra por ningún concepto, ni
cerrarle las fronteras al otro, sino por causas morales; pero
bajo sentencia correctiva exclusivamente, por el tribunal
permanente de la Unión Hispano-Américo-
Oceánica, que se crea al efecto.

(C – Que todos los individuos de estas naciones
son libres de circular por todos estos estado y radicarse donde
les convenga, no estando inhabilitados por sentencia judicial por
su estado natal u otro estado de la Unión, adquiriendo
todos los derechos civiles y
políticos, acreditando dos años de residencia; y
todo esto sin necesidad de renunciar a su ciudadanía nativa.

(D – Que todos los productos de
los pueblos de la Unión circulen libremente de unos a
otros pueblos sin gravamen aduanero ni otras contribuciones,
siempre que ellos sean para el consumo del
pueblo hermano que los pidiera.

(E – Que todos los títulos uni9versitarios,
como igualmente la propiedad
literaria, artística e industrial de todo género
adquiridos en uno de estos estados, son válidos en todos
los estados de la Unión.

(F – Que a prorrateo, a tanto por habitante de
cada estado y sufragado por los gobiernos, se construya o
unifique un ferrocarril, que una todas las naciones, desde la
Argentina hasta México,
con ferriboat a trasbordo en Panamá:
pero quedan excluidos los capitales extraños que, si los
hubiera, están sujetos a las pérdidas y ganancias
igual a la equivalencia de a que corresponda al prorrateo de cada
ciudadano de la Unión: este ferrocarril se
denominará: Rúbrica de la Unión
Hispano-Américo-Oceánica.

(G – Que el tribunal de la Unión, en todos
los asuntos de ésta, es la suprema autoridad de justicia y
sólo le es superior una asamblea compuesta por todos los
jefes de los estados; pero es superior a ésta la
soberanía del pueblo, manifestada en libre y abierto
plebiscito. Este tribunal no es político ni religioso, y
se compondrá de cuatro miembros nombrados por el gobierno de cada
estado, así: Uno por la intelectualidad, ciencias,
derecho, etc.; uno por las industrias,
carreras, obras etc.: uno por el trabajo de
oficios y ocupaciones asalariadas y no por el Comercio y
Agricultura en general: siendo en rigor un intelectual, un
ingeniero, un obrero manual y un
comerciante, o buen agricultor.

(H – Que este tribunal de justicia, es el
árbitro en todo: sus fallos inapelables, y sus dictados
cumplidos por todos los pueblos de la unión,
publicándolos para el pueblo, a la vez que los consulta
para el pueblo.

(I – Que prorrogativa objetiva del tribunal de la
unión es conservar la unidad y a toda costa la paz entre
todos los pueblos de habla española y sus adheridos:
siendo además el árbitro de las contiendas,
revoluciones, guerras
civiles y huelgas generales que puedan ocurrir en cada una de las
naciones representadas en el tribunal.

(J – Que el tribunal tendrá su sede en uno
de los puntos equidistantes entre Buenos Aires y México,
indicándose Venezuela por
más céntrico para España, América y
Oceanía.

(K – Este pacto no quita ninguna prerrogativa a
ningún estado dentro de sus fronteras, salvo lo pactado,
es decir, que así como cada ciudadano, es soberano dentro
de la sociedad de naciones Autónomas en sí mismas,
pero obligadas al progreso mayor cada día para bien de
todos: quedando por esto, desconocido y sin valor todo
pacto, convenio o tratado secreto.

(L – Que es un deber de la Unión patrocinar
la independencia
política de todos lo territorios que fueron o sean
colonias Españolas y quieran ser miembros y hermanos de
esta familia de Naciones y que demuestren capacidad de
administrarse autónomamente, conforme al progreso que
impone nuestra Unión: condición que se extiende a
todos los territorios del mundo, pues nuestra misión es
unificarlo todo y así es el derecho de gentes.

(M – Que todos los tratados de todos
los ordenes que tienen hoy las naciones de la Unión
serán revisados por el tribunal de la Unión, a
pedido de cada estado y propondrá los arreglos de justicia
equitativa para que nadie se perjudique, o los anulará de
común acuerdo, cuando se desprenda claro que fueron hechos
sin conocimiento
del pueblo y sugeridos o impuestos por
cualquier causa de fuerza injusta.

(N – Que todos los estados no adheridos a la
Unión quedan excluidos de los beneficios de este pacto: y
cuando pretendan cualquier concesión, arreglo y
reclamación en cualquiera de los estados de esta
Unión, lo pedirán únicamente al tribunal, el
que acordará o negará inapelablemente.

(Art. 2ª – Bajo la aceptación de todo los
que antecede y por justicia histórica, se admite en la
Unión a Brasil y
Portugal, bajo la denominación "Unión
Ibérica" a la hispano
Américo-Oceánica.

(Art. 3ª – Al tenor del artículo
2ª, se acepta la adhesión de Italia y Francia y
Países Bajos, pudiendo hacerlo cada uno por separado o por
medio de España, la que los presentará apadrinados
al Tribunal de la Unión: no pudiendo admitir el nombre de
nación latina, porque el latín no tiene nacionalidad y
es lengua
muerta.

(Art. 4ª – Por el mismo tenor del
artículo 2ª, recibiremos la adhesión de todas
las naciones del mundo, sin distinción ninguna: – pues
nuestro alto fin y pensamiento es
hacer de todo el mundo una sola familia, con un solo principio y
una sola ley.

(Art. 5ª – Toda adhesión significa
reconocimiento del idioma español como oficial, en que
únicamente escribirá el tribunal sus acuerdos,
ordenes y sentencias.

(6ª – Todo el articulado es fundamental y
orgánico del convenio: pero queremos y propendemos a una
mayor y total de extensión de la unión, en todos
los puntos morales, materiales,
científico-económico, político y
espirituales, y al efecto, el tribunal estudiará y
propondrá siempre mayores estudios propendiendo a su mayor
unión y reglamentará cada artículo de este
documento fundamental.

(7ª – La ejecución empieza desde este
momento en que firmamos, para todo lo que no necesita presupuesto de
los gobiernos, constituyendo el tribunal provisorio, los
firmantes; que cuando sea necesario reunirse, lo harán en
el recito de Buenos Aires hasta la ratificación
posesión del tribunal ejecutivo, que debería ser el
12 de Octubre de 1923 en este mismo recinto de Buenos Aires. Pero
desde hoy queremos que ninguna nación de habla
española declare guerra, ni cierre su frontera a
otra: para lo cual gritamos fraternalmente: ¡Viva la paz en
nuestra Unión! Y extiéndase a todo el
mundo!

Los que firmamos y requerimos la ratificación de
nuestros respectivos gobiernos.

Buenos Aires, 12 de Octubre de 1921.

Por la Escuela Promotora y Comisión pro 12 de
Octubre y Unión Universal.

JOAQUIN TRINCADO

Secretario General

Nota: No queremos nosotros, ser jueces de nuestra obra.
Sólo somos los expositores de nuestra idea, llevada a
todos los pueblos a principio de Derecho. Este "Referedum" es
buena Constitución para resolver todos los asuntos
internacionales de fraternidad, sin promover conflictos.
Por lo que decimos que, si no hubiera desaparecido en el
año de 1935, el Secretario General, otro gallo
cantaría; por que, además de haber sido él
promotor y arquitecto de esta gran idea como Maestro y
mesías universal, y quien agotó todos sus recursos,
salud y esfuerzos
en la promoción y divulgación su magno
proyecto, ni
aun la guerra de Hithler hubiera sido; cuánto menos, lo
que hoy padece nuestros países de este continente de
América. Pero como dijo Napoleón, quien fue apóstol de
Jesús; volví con la "espada" por que aun no era
tiempo del
"amor"; al igual que Bolívar,
Sandino y tantos otros quienes han contribuido a tumbar los
cuernos (reinados) al dragón de la bestia 666 del
Apocalipsis la que sigue tirando sus coletazos, porque
está herida de muerte y se la
tragará el Tiber, al cumplimiento de la
profecía.

He trascrito lo del Referéndum textualmente; ya
que, será adaptado al tiempo de nueva Promoción;
pues, es un acuerdo de hermandad del gobierno del
Creador.

 

 

 

Autor:

Pedro Sandrea

Partes: 1, 2
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